Fue publicada la Ley 2157 del 29 de octubre de 2021 "Ley de borrón y cuenta nueva" que beneficia a los deudores reportados en centrales de riesgo.
Recordemos que la plenaria del
Senado desde junio de 2020 aprobó el informe de conciliación del proyecto de
ley que introduce modificaciones a la norma sobre Habeas Data y que se conoce
también como de ‘borrón y cuenta nueva’ en las centrales de riesgo. La
iniciativa pasó la revisión previa de la Corte Constitucional por tener el
rango de estatutaria y el 29 de octubre de 2021 fue sancionada finalmente por el Presidente de la
República dicha Ley.
Respecto a las modificaciones que
se introducen a la Ley 1266 de 2008, la iniciativa beneficiaría entre siete y
ocho millones de colombianos que volverán a acceder a crédito formal,
convirtiéndose en una de las iniciativas de mayor importancia para la
reactivación económica del país.
Novedades de la Ley 2157:
La regla general que establece
esta Ley es que los datos que hacen referencia al incumplimiento de
obligaciones caducarán cumplido 8 años contados desde el momento en que el
deudor entró en mora, luego de esos 8 años, los datos negativos deberán ser
eliminados de la base de datos. Es decir, esta nueva Ley establece un tope de
años para que cualquier persona que tenga reporte negativo salga de las bases
de datos por caducidad. No quiere decir que si se coge a esta Ley no salga
antes, ya que si realiza el pago dentro de los 12 meses siguientes a la entada
de vigencia de esta Ley (De octubre 29 de 2021 a octubre 29 de 2022),
en 6 meses el reporte negativo saldrá de la base de datos.
Por otro lado, las personas que
tengan deudas inferiores al 15% de un salario mínimo (menos de $136.278)
recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente y el reporte
no podrá realizarse antes de los 20 días luego de la última comunicación
enviada al deudor. Es decir, si el banco lo llama por segunda vez, usted tendrá
20 días a partir de esa llamada para ponerse al día antes que lo reporten a las
centrales de riesgo.
La revisión frecuente de la
información por parte del titular de la información no podrá ser causal de
disminución de su calificación de riesgo. Es decir ahora se podrá consultar
cuantas veces se quiera, será gratuita, y no afectará su calificación.
Una de las novedades de esta Ley
es el régimen de transición, que permite
la amnistía por una única vez para quienes se pongan al día en los 12 primeros
meses de vigencia de la Ley, los cuales
saldrán de los bancos de datos en máximo seis (6) meses.
Los deudores que ya se pusieron
al día antes de conocerse esta Ley y que
duraron seis o más de seis (6) meses con el reporte negativo luego de ponerse
al día, deberán ser retirados de inmediato de las bases de datos. Aunque la Ley
indica que serán beneficiarios de la caducidad inmediata, no sobra solicitar a
la entidad financiera o entidad que realizó el reporte que sea retirado de
inmediato. Ahora, los que no han cumplido los seis meses, deberán cumplir el
tiempo que les hiciera falta.
Como vemos, para acogerse a la
Ley y obtener el beneficio de retiro de las bases de datos deberá ponerse al
día con la obligación.
Esta Ley igualmente beneficiará a
los estudiantes con créditos educativos del Icetex, pequeños productores,
jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas del conflicto armado, dado que
saldrá del reporte negativo una vez
realicen el pago de la deuda.
La consulta de información
crediticia siempre será gratuita en todos los canales y no disminuirá la
calificación prohibiéndose la consulta a las centrales de riesgo para otorgar
un empleo.
Se protege a las víctimas de
suplantación personal. Bastará con la
comunicación o solicitud probando
el fraude a la entidad, esta modificará el reporte negativo incluyendo la
leyenda (Victima de falsedad personal)
No dude en descargar esta Ley que
tiene más beneficios y que ayudará a muchos de los deudores reportados en
centrales de riesgo, que ya se pusieron al día o se pondrán al día luego de
esta Ley.
Finalmente decir que por
aparentes trabas administrativas se tenía retrasada la puesta en marcha de la
Ley que les brinda un salvavidas a los colombianos reportados en las centrales
de riesgo. Pero ya es una realidad.
¿Si ya hace meses pagué mi
obligación que debo hacer para que me quiten el porte negativo?
Entendemos que en esos caso, la
entidad debe retirarlo de la base de datos negativa, por tanto no debería hacer
nada el deudor más que estar consultando el reporte en las centrales de riesgo,
si pasado un tiempo sigue apareciendo, lo único que recomendamos en solicitar
amparados en la Ley que sea retirado. La ley da a entender que este proceso es
automático, pero como todo en Colombia es lento y la Ley es reciente, habrá que
darle unos días para ver el avance.
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